ALICOM 99/17





Conferencia sobre Comercio Internacional de Alimentos a Partir del Año 2000: Decisiones basadas en criterios científicos, armonización, equivalencia y reconocimiento mutuo
Melbourne, Australia, 11-15 de octubre de 1999

Perspectivas para el futuro: Consideraciones nutricionales, ambientales y relativas a la producción sostenible de alimentos -
Fomento del diálogo basado en principios científicos sobre nuevas tecnologías y problemas

por

Dr. Dieter Arnold, Instituto Federal de Protección de la Salud de los Consumidores y de Medicina Veterinaria, Berlín (Alemania)


Indice


I. La importancia y los objetivos del diálogo basado en principios científicos sobre nuevas tecnologías y problemas

A. LA IMPORTANCIA DE LA TECNOLOGIA ALIMENTARIA PARA LA INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS, LA SALUD Y LA ECONOMIA

1. Las tecnologías alimentarias aplicadas repercuten en la salud y la economía del hombre. Pueden utilizarse para reducir las pérdidas debida al deterioro, prolongar la duración en almacenamiento, y mejorar la calidad de los alimentos en relación con su inocuidad, salubridad y características nutricionales. Algunas tecnologías, como el tratamiento térmico, se emplean desde hace miles de años. En los últimos tiempos unas tecnologías avanzadas, como por ejemplo la irradiación de los alimentos y los tratamientos por presiones elevadas a temperaturas ambiente o por pulsaciones luminosas de alta intensidad, complementan las técnicas que se emplean para mejorar la inocuidad microbiológica de alimentos idóneos. Ya se utilizan fluidos en fase supercrítica, como por ejemplo el dióxido de carbono, para recuperar constituyentes alimentarios valiosos o eliminar otros componentes indeseados.

2. El hecho de ocupar una posición de vanguardia en la investigación y la aplicación de tecnologías alimentarias modernas aumenta las probabilidades de los países exportadores de tener éxito en el competitivo comercio mundial de alimentos, y de asegurar de este modo la creación de empleo y un mejor desarrollo económico. El hecho de participar en este comercio mundial de alimentos es aún más importante para los países en desarrollo, habida cuenta de sus limitados recursos financieros en divisas.

B. LAS NUEVAS TECNOLOGIAS SUSCITAN NUEVAS PREOCUPACIONES ACERCA DE LA INOCUIDAD

3. Aunque las tecnologías arriba indicadas están relacionadas de alguna manera con la manipulación, el almacenamiento y la elaboración de alimentos, la biotecnología moderna también ha empezado a crear alimentos con nuevas estructuras moleculares, como por ejemplo los sucedáneos de la grasa natural.

4. La ingeniería genética ha desarrollado plantas superiores optimizadas desde el punto de vista genético mediante la transferencia de genes aislados. La regeneración exitosa de plantas intactas y fértiles ha permitido obtener organismos transgénicos con características nuevas y más deseables, como por ejemplo la resistencia a plagas, sequías y temperaturas bajas, un valor nutritivo más elevado, un mayor contenido de vitaminas, o un menor potencial alergénico. En millones de hectáreas en todo el mundo ya se producen soja, maíz, papas, tomates y algodón genéticamente modificados. Se prevé que en el futuro cercano llegarán al mercado docenas de cultivos alimentarios genéticamente modificados.

5. La ingeniería genética contribuye a proporcionar a la industria alimentaria microorganismos genéticamente modificados para la producción de una gran variedad de las enzimas que se necesitan para la producción masiva de alimentos básicos. Una entera serie de alimentos se produce hoy directamente con la ayuda de microorganismos, como por ejemplo, los cultivos iniciadores mejorados para la fermentación de los alimentos. Estos tipos de empleo pueden reducir los riesgos para la higiene y aumentar la fiabilidad del proceso. Muchos alimentos e ingredientes alimentarios nuevos ya representan una realidad en los mercados.

6. La introducción de alimentos nuevos también plantea nuevos interrogantes científicos relacionados con unas políticas adecuadas de evaluación de riesgos y su adaptación flexible al progreso técnico a fin de proteger la salud de los consumidores y evitar que surjan nuevos obstáculos al comercio. Muchos de los nuevos alimentos son variantes de alimentos existentes bien aceptados. Algunos alimentos que hoy en día se consideran inocuos pueden servir como referencia para comparar la inocuidad de los nuevos alimentos1, 2, 3. Así pues, los enfoques para evaluar los nuevos alimentos son diferentes de los que se emplean para evaluar las nuevas moléculas químicas.

7. De todos modos, un diálogo entre investigadores, biotecnólogos e industria agrícola, encargados de la reglamentación, políticos y representantes de los consumidores bien informados, sobre el mejor empleo de las nuevas tecnologías constituye un requisito previo para un comercio libre que beneficie al mayor número posible de personas gracias a los logros de la ciencia moderna. Si las sociedades no quieren aceptar y las personas no quieren comprar y consumir lo que les puede ofrecer la industria alimentaria, nadie se beneficiará de las nuevas tecnologías sofisticadas.

C. LA GLOBALIZACION DEL COMERCIO DE ALIMENTOS Y LA NECESIDAD DE PROTEGER A LOS CONSUMIDORES Y DE ELIMINAR LOS OBSTACULOS AL COMERCIO

8. Al aumentar el volumen de los viajes internacionales y la disponibilidad de sistemas y redes de transporte masivo de bienes altamente integrados, los países son cada vez más interdependientes en lo que se refiere a asegurar un suministro de alimentos variado que se ajuste a los cambios rápidos que experimenta la demanda de los consumidores. Al mismo tiempo, problemas de reciente aparición relacionados con la contaminación microbiológica o química de los alimentos (por ejemplo, agentes patógenos y/o micotoxinas) causan un incremento de las enfermedades de transmisión alimentaria en varias partes del mundo. Muchos de estos peligros pueden difundirse en todo el mundo e infectar a personas y países distintos de los de origen.

9. En 1997 el valor anual del comercio mundial de alimentos para consumo humano ya superaba los 380 000 millones de dólares EE.UU.4 Hoy este volumen enorme sigue aumentando, y uno de los motivos principales de ello es el rápido progreso de la bromatología y la tecnología alimentaria. Si bien Europa occidental aún desempeña una función predominante, Asia ya es el segundo contribuyente más importante y es probable que pronto será el continente con el mayor volumen mundial de comercio alimentario. Estas cifras demuestran muy claramente la interdependencia de la economía mundial. Según los datos de las estadísticas económicas también se registra un sorprendente enlace entre la mayor libertad de comercio y el crecimiento económico.

10. Para promover dicho crecimiento económico tan beneficioso fue necesario establecer un sistema comercial mundial adecuado que permitiera a los países no tener más que discriminar entre sus varios interlocutores comerciales y entre sus propios productos y los productos extranjeros.

11. Con la creación de la Organización Mundial de Comercio (OMC) como el organismo internacional que se ocupa de las normas comerciales vigentes en sus136 países miembros, se ha dado un importante paso en adelante hacia el establecimiento de un sistema de este tipo. Al mismo tiempo, se ha creado un marco multilateral de normas básicas para la elaboración, adopción y aplicación de medidas destinadas a proteger la salud humana y a reducir al mínimo los posibles efectos negativos de tales medidas sobre el comercio. Por lo que concierne a la inocuidad de los alimentos, los principios más importantes se establecen en el Acuerdo sobre la Aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, llamado Acuerdo MSF5.

12. Al resumir el Acuerdo MSF puede afirmarse lo siguiente:

II. Mecanismos para asegurar el diálogo científico a nivel internacional

13. La elaboración de normas alimentarias científicas requiere la cooperación de todas las partes interesadas, a saber: los gobiernos, inclusive los científicos/organismos encargados de la reglamentación; los productores de alimentos, la industria y el comercio alimentarios; y los consumidores. La cooperación entre los gobiernos individuales y las organizaciones supranacionales regionales, así como la plena participación de los países en desarrollo en el proceso sigue planteando problemas importantes. Si bien los productores de alimentos y los sectores de la industria y el comercio alimentarios se han reunido en muchas organizaciones internacionales, la gran mayoría de las organizaciones de consumidores sigue teniendo un alcance nacional. Los políticos y el público, incluidos los medios de comunicación, todavía no conocen a fondo los principios básicos de la evaluación de la calidad e inocuidad de los alimentos, que constituyen el fundamento para el establecimiento de un cuerpo completo de normas alimentarias internacionales.

14. En una época en la que los consumidores requieren una mayor diversidad, calidad e inocuidad alimentarias, sin duda alguna no hay posibilidades de mantener simplemente o de reducir el nivel de las normas internacionales sobre inocuidad. Para evitar que en estas circunstancias los gobiernos nacionales mantengan/sostengan o adopten nuevas medidas con el fin de proteger la salud desde su punto de vista pero con el efecto de que los demás las consideren, en virtud/ el marco del Acuerdo MSF, restricciones (encubiertas) al comercio encubiertas, es necesario asegurar que el requisito básico del Acuerdo, a saber, que dichas medidas estén basadas en la ciencia y pueden aplicarse mediante una cooperación y diálogo internacionales institucionalizados/ de las instituciones internacionales.

15. En este capítulo se abordan los mecanismos de diálogo y adopción de decisiones establecidos en gran medida por la FAO y la OMS como organizaciones patrocinadoras de la Comisión del Codex Alimentarius.

A. EL COMITE MIXTO FAO/OMS DE EXPERTOS EN ADITIVOS ALIMENTARIOS (JECFA)

16. El Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) es un órgano de expertos que presta asesoramiento en materia de evaluación de riesgos en relación con las sustancias químicas, incluidos los constituyentes naturales, los aditivos, los contaminantes y los residuos de medicamentos veterinarios presentes en los alimentos. Ha sido establecido por la FAO y la OMS en respuesta a las recomendaciones formuladas por un Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Nutrición6 y por la Conferencia Conjunta FAO/OMS sobre Aditivos Alimentarios7.

17. Los miembros del JECFA son científicos que prestan sus servicios de expertos a título individual y que son seleccionados por los dos organismos en base a criterios de selección pública transparentes y en consulta con sus gobiernos. Es importante que la FAO y la OMS revisen constantemente el mandato del JECFA y la competencia profesional que aportan sus miembros a fin de asegurar que este Comité tenga la autoridad y responsabilidad necesarias para examinar todos los aspectos sanitarios relativos a los productos alimenticios, incluidos por ejemplo los aspectos específicos de los alimentos obtenidos por las técnicas actuales de biotecnología. Además, la FAO y la OMS deben examinar la posibilidad de poner a disposición más información sobre la competencia profesional de los expertos que participan en las evaluaciones de la inocuidad de los alimentos, pertenecientes a comités como el JECFA.

18. Además de examinar la competencia profesional, se considera imprescindible lograr una situación de equilibrio en la representación geográfica de los miembros de las dos organizaciones. Antes de que se invite oficialmente a un experto o experta, este persona deberá informar a la Secretaría Conjunta del JECFA acerca de cualquier interés personal o financiero que tenga por cualquier tema del programa8.

19. El JECFA no tiene ningún mandato de carácter reglamentario. Sin embargo, con sus recomendaciones basadas en datos objetivos, contribuye en medida significativa a armonizar las reglamentaciones alimentarias en todo el mundo. También permite establecer un enlace entre las instituciones (en su mayor parte privadas) que realizan las investigaciones necesarias y las instituciones que son oficialmente responsables de la gestión de riesgos.

20. La primera reunión del Comité se celebró en 1956. Más tarde, cuando se estableció la Comisión del Codex Alimentarius (CCA), se decidió que el JECFA prestaría asesoramiento especializado al Codex en cuestiones relacionadas con los aditivos alimentarios. Sin embargo, el JECFA no es un componente del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias y es independiente de la CCA. El Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos (CCFAC) identifica los aditivos que deben evaluarse con carácter prioritario.

21. Este sistema del Codex/JECFA hoy abarca los contaminantes (prestación de asesoramiento al CCFAC) así como los residuos de medicamentos veterinarios presentes en los alimentos (prestación de asesoramiento al Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos (CCRVDF)). Las solicitudes de evaluación también pueden proceder directamente de los Estados Miembros de la FAO y la OMS. En 1980, las actividades de la OMS en materia de evaluación de la inocuidad de sustancias químicas se incorporaron en el Programa internacional de seguridad de las sustancias químicas (IPCS). En el curso de 1999, el JECFA ha celebrado en total 53 reuniones.

22. Dado que el JECFA es un organismo científico independiente, siempre ha estado libre de elaborar políticas propias en materia de evaluación, que han ido evolucionando a lo largo de muchos años. En 1987, en los "Setenta criterios de salud ambiental", se ha publicado un primer resumen exhaustivo de los "Principios para la evaluación de la inocuidad de los aditivos alimentarios y los contaminantes de los alimentos" establecidos por el JECFA9. Desde entonces tales principios se han enmendado y actualizado constantemente. Está en curso de preparación una publicación sobre los principios para la evaluación de los residuos de medicamentos veterinarios.

23. El grupo de expertos de la OMS que forma parte del JECFA se encarga de la evaluación toxicológica y del establecimiento de una ingestión diarias admisible (IDA) o de otros límites de exposición. Las IDA establecidas por el JECFA son límites superiores de las cantidades que pueden ingerirse diariamente durante toda la vida sin que ello plantee un riesgo apreciable para la salud, según los criterios y conocimientos científicos actuales. Para los aditivos alimentarios, el grupo de expertos de la FAO prepara especificaciones que describen la sustancia y lleva a cabo una evaluación de la ingestión en comparación con la IDA. En cuanto a los medicamentos veterinarios, el grupo de expertos de la FAO examina los estudios pertinentes para establecer límites máximos para residuos (LMR). Los LMR se calculan teniendo en cuenta las buenas prácticas establecidas en el empleo de los medicamentos veterinarios y la disponibilidad de métodos analíticos para la aplicación, y utilizando cifras moderadas arbitrarias en relación con el consumo alimentario para evaluar la ingestión.

24. Durante las reuniones se examinan los documentos de trabajo ("proyectos de monografías") preparados por los expertos en la materia y se adopta un proyecto de informe antes de la clausura de la reunión. Más tarde, este proyecto de informe se edita simplemente y los proyectos de monografías se revisan en consecuencia. Poco después de la reunión, la Secretaría del JECFA publica un resumen de las conclusiones y recomendaciones a fin de asegurar una rápida difusión de la información. Los informes completos se publican más tarde en la serie de informes técnicos de la OMS. Las monografías toxicológicas se publican en la serie sobre aditivos alimentarios de la OMS. Las especificaciones y las evaluaciones de residuos, respectivamente, se publican en la serie de Estudios FAO: alimentación y nutrición.

25. El CCFAC o el CCRVDF examina las recomendaciones del JECFA y las remite, de ser aceptables, a la CCA para que las adopte como normas del Codex. El JECFA vuelve a evaluar periódicamente las sustancias evaluadas anteriormente con el fin de tener en cuenta los nuevos datos y los avances científicos.

26. En la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario, que se celebró en Roma en 1991 (y que en el presente texto se llamará la Conferencia de 1991), y en el 21° período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius (Roma, 1995), se subrayó la importancia de la transparencia en las evaluaciones de la inocuidad alimentaria realizadas por el JECFA. La Comisión ha exhortado a la FAO y la OMS a que examinen la posibilidad de hacer participar a expertos cualificados, propuestos por las organizaciones internacionales no gubernamentales (OING), en las consultas y reuniones de expertos, sobre la base de las normas y procedimientos de la FAO y la OMS. Estos expertos cualificados ya han participado en algunas reuniones y consultas de expertos, incluido el JECFA y algunas consultas mixtas FAO/OMS. Sin embargo, hasta la fecha ha sido limitada la experiencia relacionada con la participación en reuniones y consultas de expertos de los expertos u observadores designados por OING de consumidores.

27. Durante sus reuniones, pero fuera de sus períodos de sesiones, el Comité ha aprovechado regularmente la oportunidad de encontrarse con los patrocinadores privados de productos con objeto de aclarar algunos aspectos de la documentación presentada por los mismos para fines de evaluación.

28. Si bien las OING de consumidores critican el hecho de que los expertos se reúnan a puertas cerradas y adopten decisiones de gran alcance, algunos miembros de la Comisión del Codex Alimentarius han expresado cierta preocupación por el hecho de que se permita en general a los observadores de cualquier OING participar en las consultas de expertos o las reuniones del JECFA y de la JMPR, con el fin de preservar la integridad científica de las reuniones y su libertad respecto de cualquier "interés externo". Sin embargo, otros sostienen que un proceso abierto y transparente constituye la mejor manera de preservar dicha integridad científica, y señalan que de esta manera los observadores que representan el interés público pueden supervisar el proceso.

B. REUNION CONJUNTA DEL GRUPO DE EXPERTOS DE LA FAO EN RESIDUOS DE PLAGUICIDAS EN LOS ALIMENTOS Y MEDIO AMBIENTE Y EL GRUPO DE EXPERTOS DE LA OMS EN RESIDUOS DE PLAGUICIDAS (JMPR)

29. La JMPR es un organismos de expertos especial que ha evaluado plaguicidas durante los últimos 30 años con el fin de estimar los límites máximos de residuos en los alimentos y piensos que probablemente derivan de los usos autorizados de plaguicidas. El programa de las reuniones de la JMPR es determinado por las Secretarías Conjuntas de la FAO y la OMS sobre la base de la lista prioritaria propuesta por el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas (CCPR), y es aprobada por la Comisión del Codex Alimentarius. Antes de que se pueda examinar la posibilidad de incluir un plaguicida en la lista prioritaria de la JMPR, este plaguicida debe ser disponible como producto comercial; el empleo de un plaguicida debe:

30. La JMPR actual comprende:

31. El Grupo básico de evaluación toxicológica de la OMS se encarga de examinar los datos toxicológicos sobre los plaguicidas y de estimar las ingestiones diarias admisibles (IDA) para el ser humano. Además, según los datos y las circunstancias específicos, el Grupo estima las dosis de referencia agudas y determina las características de los otros criterios toxicológicos como por ejemplo las exposiciones no alimentarias. La función del Grupo básico de evaluación ambiental de la OMS también consiste en identificar los riesgos para los organismos en el medio ambiente.

32. El Cuadro de la FAO examina las modalidades de empleo derivadas de los usos nacionales ya aprobados de los plaguicidas (buenas prácticas agrícolas (BPA)) y otros datos pertinentes en los que se basan las estimaciones de los LMR y las ingestiones alimentarias correspondientes, por ejemplo los valores de los niveles medianos de residuos obtenidos en ensayos supervisados (MRES), en relación con los plaguicidas en los productos alimenticios y piensos y los métodos de análisis. Se recomienda al CCPR que examine la cuestión de si los límites máximos de residuos pueden representar unos valores idóneos como LMR del Codex.

33. En el curso de los años, ambos Grupos básicos de evaluación y los Cuadros de la FAO han aplicado principios científicos coherentes y requisitos específicos para los datos, en sus respectivas esferas.

34. Las definiciones de residuos pueden aplicarse de distintas maneras según el modo en que se utilizan dichas sustancias, como plaguicidas o bien como medicamentos veterinarios. Esto ha llevado a situaciones en las que se han propuesto dos LMR diferentes para el mismo compuesto, según el uso de la sustancia.

35. En febrero de 1999 se ha celebrado una consulta mixta de expertos del JECFA y de la JMPR con el fin de solucionar este problema. La CCA mantendrá en el Trámite 8 del procedimiento de elaboración los LMR propuestos para dichos compuestos, mientras ambos comités pertinentes no elaboren LMR armonizados.

C. NECESIDAD DE UN COMITE MIXTO FAO/OMS DE EXPERTOS EN EL SECTOR DE LA CONTAMINACION MICROBIOLOGICA DE LOS ALIMENTOS

36. Los riesgos derivados de la presencia de microorganismos (bacterias, virus, hongos y protozoos y/o toxinas producidas por algunos de estos microorganismos) son difíciles de evaluar y los métodos de evaluación empleados son diferentes de los métodos ya consolidados para estimar los riesgos químicos. La Conferencia FA/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario, de 1991, ya había recomendado que la OMS, la FAO y la CCA intensificaran sus esfuerzos en el sector de la contaminación microbiológica de los alimentos. La Comisión del Codex Alimentarius ha pedido a la FAO y la OMS que establezcan un nuevo Comité mixto FAO/OMS de expertos en riesgos microbiológicos, análogo al JECFA y a la JMPR, dado que la evaluación del riesgo microbiológico y el asesoramiento científico en esta esfera representan el fundamento principal de la labor del Comité sobre Higiene de los Alimentos13 (CCFH). Este órgano asesor, por lo tanto, debe seguir el modelo del JECFA y recibir orientación del CCFH sobre las prioridades de su programa de trabajo.

D. CONSULTAS DE EXPERTOS PARA ESTABLECER LOS FUNDAMENTOS DEL DIALOGO CIENTIFICO

37. El fundamento del Codex Alimentarius es la ciencia. Los cuadros de expertos que trabajan en una amplia gama de sectores de la bromatología contribuyen a todos los aspectos del Codex. Éste último ha promovido la realización de actividades internacionales en esferas tales como composición de los alimentos, química alimentaria, tecnología alimentaria, microbiología de los alimentos, química analítica, micología, contaminantes y residuos de plaguicidas y medicamentos veterinarios.

38. De particular importancia han sido los resultados (véase a continuación) de varias consultas sobre algunos aspectos del análisis de riesgos y la inocuidad alimentaria. Tales consultas han establecido el fundamento científico en el cual podrá basarse todo futuro diálogo.

Diálogo sobre los aspectos del análisis de riesgos relacionados con la inocuidad de los alimentos14

39. La Conferencia FA/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario (1991) recomendó que la CCA y los comités del Codex responsables de la elaboración de normas del Codex explicaran los métodos que utilizaban para evaluar los riesgos15.

40. El diálogo inició con un documento titulado "Procedimientos de evaluación de riesgos aplicados por la Comisión del Codex Alimentarius y sus órganos auxiliares y consultivos"16, que se presentó primero al 20° período de sesiones de la Comisión y se examinó más tarde también en las reuniones de todos los comités del Codex competentes, del JECFA y de la JMPR.

41. En el período de 1995 a 1998, la FAO y la OMS convocaron una serie de consultas conjuntas de expertos en los sectores de la evaluación de riesgos, la gestión de riesgos y la comunicación de riesgos, respectivamente:

42. Las principales recomendaciones sobre evaluación de riesgos y gestión de riesgos se incorporaron al documento de trabajo "La aplicación en el Codex de los principios de evaluación de riesgos"20, presentado a la Comisión en su 22° período de sesiones. La Comisión adoptó un conjunto básico de términos con carácter provisional. El Comité del Codex sobre Principios Generales21, en su 14a reunión, propuso unos proyectos revisados de las definiciones de gestión de riesgos y comunicación de riesgos que fueron adoptados luego por la Comisión en su 23° período de sesiones.

43. A pesar de los intensos debates que se han mantenido en el pasado, es aún necesario que se trate de explicar más claramente cuál es la función de los comités del Codex, tales como el CCFAC, el CCRVDF y el CCPR, en prestar orientación sobre evaluación de riesgos al JECFA y a la JMPR.

44. En su 23° período de sesiones, la Comisión ha recomendado también que la FAO y la OMS hagan hincapié en la necesidad de intensificar la interacción y la comunicación entre los organismos de expertos y los comités del Codex, y que pidan a los organismos consultivos de expertos y a los comités auxiliares que cooperen en materia de principios de análisis de riesgos; los comités pertinentes del Codex deben estudiar asimismo la posibilidad de elaborar criterios de calidad para los datos empleados en la evaluación de riesgos. La FAO y la OMS deben acrecentar la transparencia en la evaluación científica de riesgos. Ello significa una mayor transparencia en las decisiones adoptadas por los expertos y en el asesoramiento prestado, incluido el modo de abordar las incertidumbres22.

45. La FAO y la OMS deben formular programas de capacitación que promuevan un mayor conocimiento del proceso de análisis de riesgos y de la función de la comunicación de riesgos, tanto en los países miembros como en las organizaciones internacionales activas en la labor del Codex; la FAO y la OMS han de seguir ayudando, con carácter prioritario, a los países en desarrollo, impartiendo capacitación a los niveles regional, subregional o nacional en la introducción y aplicación de diferentes aspectos del análisis de riesgos.

46. Los comités mixtos FAO/OMS de expertos, al redactar sus recomendaciones, utilizan un enfoque precautorio. Por ejemplo, las cifras relativas a la IDA y otros límites de exposición se expresan siempre desde cero hacia un límite superior a fin de sugerir que el nivel de ingestión debe mantenerse tan bajo como pueda razonablemente lograrse. Los LMR para residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos (LMRMV), por ejemplo, se fijan de modo tal que puedan reducirse hasta armonizarse con las buenas prácticas de empleo de los medicamentos veterinarios, en la medida en que se disponga de métodos analíticos prácticos para la actividad ordinaria de seguimiento. En el proceso de fijación de LMR para residuos de plaguicidas, las buenas prácticas agrícolas vigentes desempeñan una función similar. Cabe señalar que las propias "buenas prácticas" son definidas y aprobadas por las autoridades nacionales de reglamentación sobre la base de datos científicos objetivos, tales como estudios sobre la reducción de residuos y ensayos sobre el terreno, respectivamente. Los comités no recomiendan que se dicten normas finales en caso de que los testimonios científicos sean insuficientes para una plena evaluación de los posibles efectos adversos.

47. Este enfoque precautorio es diferente del principio de precaución que se ha incorporado en el Artículo 5.7 del Acuerdo MSF y al cual se otorga una significado específico.

Diálogo sobre el uso de los datos sobre consumo alimentario en la evaluación de la exposición a sustancias químicas

48. La evaluación de la exposición desempeña una función decisiva en el proceso de evaluación científica del riesgo. En respuesta a las recomendaciones de la Conferencia de 1991, en 1997 se convocó una Consulta mixta FAO/OMS de expertos en consumo alimentario y evaluación de la exposición a sustancias químicas24, para examinar las cuestiones relacionadas con la evaluación de la exposición alimentaria a sustancias químicas. Algunas de las conclusiones de la Consulta fueron las siguientes:

E. LA COMISION DEL CODEX ALIMENTARIUS DE LA FAO/OMS Y LOS COMITES DEL CODEX DE LA FAO/OMS

49. Los dos objetivos principales que en 1962 llevaron al establecimiento del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias y de la Comisión del Codex Alimentarius de la FAO/OMS fueron:

50. La Comisión del Codex Alimentarius es un órgano auxiliar intergubernamental de la FAO/OMS. En la actualidad los países miembros del Codex son 165. La Comisión del Codex Alimentarius está asistida en su labor por una Secretaría situada en la Sede de la FAO, en Roma. El Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias está administrado por la FAO.

51. Con la adopción del Acuerdo MSF, las normas adoptadas por la CCA en materia de aditivos alimentarios, residuos de plaguicidas, contaminantes y residuos de medicamentos veterinarios asumen una dimensión nueva y de gran importancia.

52. Los dos comités juegan un papel especial en la tarea de coordinación con los demás organismos internacionales: el Comité sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras (CCMAS) actúa como órgano coordinador entre el Codex y los otros grupos internacionales científicos y normativos que trabajan en la esfera de los métodos de análisis y muestreo y de los sistemas de garantía de calidad para los laboratorios29. El Comité del Codex sobre Sistemas de Inspección y Certificación de las Importaciones y Exportaciones de Alimentos (CCFICS) consulta, según proceda, con otros grupos internacionales que trabajan en esferas relacionadas con los sistemas de inspección y certificación de alimentos30.

F. ELABORACION DE NORMAS Y TEXTOS AFINES DEL CODEX 31

53. El Codex Alimentarius es una colección de normas alimentarias adoptadas a nivel internacional y presentadas de manera uniforme. Tales normas alimentarias tienen por objeto proteger la salud de los consumidores y asegurar la adopción de prácticas leales en el comercio alimentario32. El término "Norma" se aplica a cualquiera de las recomendaciones de la Comisión que está previsto someter a los gobiernos para su aceptación33. El procedimiento de elaboración de normas del Codex permite a los gobiernos participar en todas las fases del proceso.

54. El procedimiento de elaboración puede acelerarse en determinadas condiciones y también existe un procedimiento de revisión de las normas del Codex. Sin embargo, la norma sin revisar seguirá siendo la norma del Codex aplicable, mientras la Comisión no adopte la norma revisada. La Comisión hará todo lo posible para lograr un acuerdo sobre la adopción o la enmienda de normas por consenso. La decisión de adoptar o enmendar una norma puede adoptarse por votación únicamente en caso de que hayan fracasado los esfuerzos por lograr el consenso34.

55. En el procedimiento de elaboración se hace una referencia específica a la necesidad de examinar las consecuencias para los intereses económicos de los miembros, es decir, a los casos en que la aplicación de una norma, como por ejemplo un límite máximo para un contaminante, o bien de criterios microbiológicos, cause una reducción significativa en la producción y la exportación de algunos alimentos. Los problemas económicos o las cuestiones comerciales planteadas deben justificarse sobre la base de datos cuantificables.

G. FUNCION DE LA CIENCIA EN EL PROCESO DE ADOPCION DE DECISIONES Y PRINCIPIOS RELACIONADOS CON LA EVALUACION DE LA INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS

56. En sus 21° y 22° períodos de sesiones, respectivamente, la Comisión adoptó dos importantes decisiones acerca de la función de la ciencia en el proceso de adopción de decisiones y de los principios relacionados con la evaluación de riesgos en cuanto a la inocuidad de los alimentos. Tales decisiones incluían: la Declaración de Principios sobre la Función de la Ciencia en el Proceso de Toma de Decisiones del Codex y la Medida en que se Tienen en Cuenta Otros Factores35, y la Declaración de Principios Relativos a la Función de la Evaluación de Riesgos respecto de la Inocuidad de los Alimentos36.

57. En la primera declaración de principios sobre la función de la ciencia en el proceso de toma de decisiones del Codex y la medida en que se tienen en cuenta otros factores se subraya la práctica corriente del Codex de basar las normas en unos sólidos análisis y testimonios científicos. La segunda declaración ofrece la posibilidad de tener en cuenta, cuando proceda, otros factores legítimos. El significado de esta segunda declaración es menos claro y está aún sometido a distintas interpretaciones, dado que el Comité del Codex sobre Principios Generales, en su 13a reunión, no consiguió alcanzar el consenso sobre la aplicación de "otros factores legítimos" y sobre la medida en que tales factores debían basarse en criterios objetivos para evitar que su uso representara un obstáculo al comercio.

58. Han de excluirse los factores que serían incompatibles con la base científica de la evaluación de riesgos y/o que resultan carentes de importancia para la protección de la salud y la promoción de prácticas leales en el comercio a nivel internacional. De todos modos, debe tomarse en la debida consideración el hecho de que la medida en que se tienen en cuenta otros factores puede tener repercusiones importantes en la cuestión de si es posible utilizar a nivel mundial las normas del Codex y de si éstas se han concebido de la manera menos restrictivas posible para el comercio. Entre los factores que ya se han examinado y que deberán tenerse en cuenta también en el futuro figuran los siguientes:

H. FUNCION DE LAS ORGANIZACIONES DE CONSUMIDORES EN LA LABOR DEL CODEX ALIMENTARIUS 37

59. Por lo general los consumidores se dan cuenta muy lentamente de que hay un número cada vez mayor de normas sobre la inocuidad de los alimentos que son fijadas a nivel internacional, supranacional y mundial, más bien que por los gobiernos nacionales. Sólo unas cuantas organizaciones internacionales de consumidores están en condiciones de asistir a los períodos de sesiones de la CCA y a las reuniones de los comités del Codex, y ya cuentan con cierta experiencia al respecto. Al parecer, entre los miembros de algunas de ellas figuran eminentes científicos expertos en la materia, y uno de los motivos principales de ello es que un número cada vez mayor de científicos se ha comprometido a promover los objetivos y finalidades de las organizaciones de consumidores.

60. Es oportuno promover la participación de las organizaciones de consumidores en las reuniones de los comités del Codex y las sesiones de la propia Comisión dado que las normas del Codex se establecen precisamente con el fin de proteger a los consumidores y, por lo tanto, éstos deben tener derecho a participar. La participación de las organizaciones de consumidores a este nivel puede fomentar asimismo la aceptación pública de las normas del Codex, si a los consumidores se les da la posibilidad de seguir el proceso, incluida su transparencia y la preservación de su integridad científica. Por conducto de representantes cualificados estas organizaciones pueden también facilitar información básica pertinente para la labor del Codex. Sin embargo, la falta de competencia profesional y una capacitación insuficiente en las políticas y procedimientos utilizados en el Codex y las relaciones entre la labor del Codex y las otras organizaciones y acuerdos internacionales, así como el escaso acceso a los documentos, limitan aparentemente la efectiva participación de las organizaciones de consumidores en el Codex.

61. Así pues, la FAO y la OMS, en su calidad de organismos patrocinadores, deben seguir promoviendo la toma de conciencia de los consumidores acerca de la importancia de la labor del Codex Alimentarius, y proporcionando información principalmente por vía electrónica o por otros medios de comunicación social idóneos. Si bien a partir de los sitios web de los organismos se dispone de una cantidad cada vez mayor de información pertinente para un mejor conocimiento del Codex, para los consumidores corrientes es difícil comprender de qué modo la labor del Codex protege su salud y afecta a la calidad de sus vidas. Hay demasiada información dispersa que se halla escondida en un número elevado de documentos oficiales fácilmente disponibles pero, debido al sistema de códigos numéricos, no es posible encontrar con facilidad los debates específicos. Por lo tanto, los sitios web de la OMS, la FAO y el Codex deben ofrecer más información en forma resumida y bien organizada, y proporcionar con mayor frecuencia la oportunidad de celebrar debates tanto científicos como generales.

62. Tanto en el 19° como en el 20° períodos de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius se ha reconocido que los gobiernos nacionales tienen también la responsabilidad de promover la participación de los consumidores en la labor del Codex. Se ha llegado a la conclusión de que el fomento de la participación de los consumidores es principalmente una cuestión nacional y que los gobiernos miembros deben tratarla como tal

63. No es absolutamente suficiente contar con representantes de los consumidores solamente dentro de las delegaciones nacionales de los comités del Codex. Ha de hacerse hincapié en la participación de los consumidores en todos los comités consultivos nacionales que se ocupan de aspectos de la calidad e inocuidad de los alimentos y en la celebración de consultas institucionalizadas periódicas con los consumidores para decidir la postura nacional, antes de que tengan lugar las reuniones del Codex.

III. Mecanismos para asegurar el diálogo científico a nivel nacional

64. Los gobiernos miembros deben participar activamente en la labor del Codex e incorporar los principios de análisis de riesgos en la labor de elaboración o actualización de leyes nacionales en materia de inocuidad de los alimentos. Además, también deben comunicar y explicar el fundamento de las decisiones adoptadas a todas las partes interesadas (por ejemplo, los organismos nacionales, las organizaciones de consumidores, los representantes de la industria, los científicos y las empresas profesionales) y deben examinar las opiniones de todas las partes interesadas a la hora de determinar la postura nacional acerca de una cuestión del Codex. Para ello es necesario que los gobiernos adopten estructuras y procedimientos adecuados que aseguren la transparencia y el diálogo multidireccional, permitan un debate oficial sobre las opiniones de las partes interesadas, en especial los consumidores y el sector privado involucrado, y fortalezcan las relaciones de trabajo entre todas las partes interesadas. Esta cooperación es de primaria importancia también en la comunicación de riesgos.

65. Aunque la comunicación de riesgos puede proceder de fuentes tanto oficiales como privadas, tales como la industria, el comercio, los consumidores y otras partes interesadas, los gobiernos tienen la responsabilidad principal de la comunicación de riesgos en el ámbito de la gestión de los riesgos para la salud pública. Para los gobiernos que son miembros de la CCA, se trata de una parte importante de la responsabilidad que les corresponde en cuanto al desempeño de una función activa en el proceso del Codex. Los gobiernos deben promover la comprensión de las decisiones adoptadas acerca de la gestión de riesgos y la toma de conciencia acerca de su importancia, y deben comunicar los datos pertinentes de manera clara y comprensible.

A. IMPORTANCIA DE LOS COMITES DEL CODEX NACIONALES Y COMUNICACION DE RIESGOS A NIVEL NACIONAL

66. Es importante que los gobiernos miembros establezcan puntos de contacto del Codex nacionales a fin de permitir el diálogo necesario en el proceso de análisis de riesgos. Deben asegurar que todas las partes interesadas tengan la posibilidad de contribuir a la determinación de la postura nacional acerca de las cuestiones del Codex, en la medida en que ello sea factible y razonable. Deben garantizar, además, que estas posturas se transmitan al Codex en el momento oportuno. Si bien el funcionamiento efectivo de tales puntos de contacto del Codex podrá diferir de un país a otro, la CCA ha definido algunas funciones básicas para todos los puntos de contacto del Codex que podrán aplicarse de manera más general.

IV. Recomendaciones

Notas:

1 Informe de una consulta mixta FAO/OMS. Estrategias para evaluar la inocuidad de los alimentos producidos por biotecnología. Ginebra, 1991. Organización Mundial de Comercio.

2 Informe de una consulta mixta FAO/OMS. Biotecnología e inocuidad de los alimentos. Estudios FAO: alimentación y nutrición, N° 61,1996, FAO, Roma.

3 Safety evaluation of foods derived by modern biotechnology. Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, París, 1993.

4 M. Kenny: "El comercio alimentario internacional: consideraciones relativas a la calidad e inocuidad de los alimentos", en: Alimentación, nutrición y agricultura, N° 21, 1998, FAO, Roma.

5 La OMS, en colaboración con la OMC, ha preparado un documento sobre la inocuidad de los alimentos y la globalización del comercio alimentario en el que se incluye el texto del Acuerdo MSF (WHO/FSF/FOS/ 97.8 Rev.1, OMS, Ginebra 1998).

6 Comité MixtoFAO/OMS de expertos en nutrición. FAO: Reuniones sobre Nutrición, N° 29; OMS: Serie de Informes Técnicos, N° 97.

7 Conferencia Mixta FAO/OMS sobre Aditivos Alimentarios. FAO: Reuniones sobre Nutrición, N°. 11, 1956; OMS: Serie de Informes Técnicos, N°. 107, 1956.

8 ALINORM 97/8 Addendum y Participación de los consumidores en la labor de la Comisión del Codex Alimentarius. Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias. Comisión del Codex Alimentarius, 23° período de sesiones, Sede de la FAO, Roma, 28 de junio - 3 de julio de 1999, párr. 20.

9 Principles for the Safety Assessment of Food Additives and Contaminants in Food. Criterios de Salud Ambiental, N° 70, Organización Mundial de la Salud, Ginebra, 1987.

10 Participación de los consumidores en la labor de la Comisión del Codex Alimentarius. Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias. Comisión del Codex Alimentarius, 23° período de sesiones, Sede de la FAO, Roma, 28 de junio - 3 de julio de 1999, párrs. 20-21.

11 Manual de la FAO sobre presentación y evaluación de datos sobre residuos de plaguicidas para la estimación de los límites máximos de residuos en los alimentos y piensos. FAO, Roma, 1997.

12 Principles for the Toxicological Assessment of Pesticide Residues in Food. Criterios de Salud Ambiental, N°104, Organización Mundial de la Salud, 1990.

13 Véase, por ejemplo, el informe del 23° período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, Roma, 28 de junio - 3 de julio de 1999. Alinorm 99/37, párr. 57 f)

14 Comisión del Codex Alimentarius, Manual de Procedimiento, décima edición, Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, 1997, págs. 62-63.

15 Informe de la Conferencia Conjunta FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, Sustancias Químicas en los Alimentos y Comercio Alimentario, FAO, Roma, 1991, párr. 210.

16 Informe del 23° período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, Roma, 28 de junio - 3 de julio de 1999, ALINORM 99/37.

17 Aplicación del análisis de riesgos a cuestiones de normas alimentarias. Informe de la Consulta Mixta FAO/OMS de expertos, Ginebra (Suiza), 13-17 de marzo de 1995. Organización Mundial de la Salud. WHO/FNU/FOS/95.3.

18 Gestión de riesgos e inocuidad de los alimentos. Informe de una Consulta Mixta FAO/OMS, Roma (Italia), 27-31 de enero de 1997. Estudios FAO: alimentación y nutrición, N° 65, 1997.

19 Aplicación de la comunicación de riesgos a cuestiones de normas alimentarias e inocuidad de los alimentos. Informe de una Consulta Mixta FAO/OMS de expertos, Roma (Italia), 2-6 de febrero de 1998. Estudios FAO: alimentación y nutrición, N° 70, 1999.

20 ALINORM 97/9 - Rev.1 (CAC/LIM 21).

21 Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias. Comisión del Codex Alimentarius, 23° período de sesiones, Roma, 28 de junio - 3 de julio de 1999. Informe de la 14a reunión del Comité del Codex sobre Principios Generales, París (Francia), 19-23 de abril de 1999. ALINORM 99/33A, párrs. 11-15 y Apéndice III.

22 Informe del 23° período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, Roma, 28 de junio - 3 de julio de 1999. ALINORM 99/37, párr. 58.

23 Comunidades Europeas: Medidas que afectan a la carne y los productos cárnicos (hormonas). Informe del Órgano de Apelación, AB- 1997-4 . Organización Mundial de Comercio, WT/DS 26/AB/R , WT/DS 48/AB/R, 16 de enero de 1998., párr. 120.

24 Consumo de alimentos y evaluación de la exposición a sustancias químicas. Informe de una Consulta FAO/OMS, Ginebra (Suiza), 10-14 de febrero de 1997. Dependencia de Seguridad alimentaria, Programa de Inocuidad de los Alimentos y Ayuda Alimentaria, Organización Mundial de la Salud, 1997 (WHO/FSF/FOS/97.5).

25 Dietas regionales SIMUVIA/alimentación. Dependencia de Seguridad alimentaria, Programa de Inocuidad de los Alimentos y Ayuda Alimentaria, Organización Mundial de la Salud, 1998 (WHO/FSF/FOS/98.3).

26 En la definición del Codex de límite máximo de residuos para medicamentos veterinarios se incluye el texto siguiente: "....Para establecer un LMR, también se presta consideración a los residuos presentes en los alimentos de origen vegetal y/o en el medio ambiente...."

27 Directrices para pronosticar la ingestión alimentaria de residuos de plaguicidas (revisadas). Programa de Inocuidad de los Alimentos y Ayuda Alimentaria, Organización Mundial de la Salud, Ginebra, 1997 (WHO/FSF/FOS/97.7).

Pesticide Residues Variability and Acute Dietary Risk Assessment. Informe de una conferencia internacional, 1-3 de diciembre de 1998, York (Reino Unido). The Pesticide Safety Directorate, 15 de febrero de 1999.

28 Véase "Qué es el Codex Alimentarius" http://www.fao.org/docrep/w9114e/w9114e00.htm.

29 Manual de Procedimiento, décima edición, pág. 135.

30 Manual de Procedimiento, décima edición, pág. 139.

31 Manual de Procedimiento, décima edición, págs. 26-30.

32 Manual de Procedimiento, décima edición, pág. 39.

33 Manual de Procedimiento, décima edición, pág. 23.

34 Informe del 23° período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, Roma, 28 de junio - 3 de julio de 1999. ALINORM 99/37.

35 Manual de Procedimiento, décima edición, pág. 205 (Decisión del 21° período de sesiones de la Comisión).

36 Manual de Procedimiento, décima edición, pág. 206 (Decisión del 22° período de sesiones de la Comisión).

37 Participación de los consumidores en la labor de la Comisión del Codex Alimentarius , ALINORM 99/8, febrero de 1999. Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias. Comisión del Codex Alimentarius, 23° período de sesiones, Sede de la FAO, Roma, 28 de junio - 3 de julio de 1999.